Doña Carla lleva su ferretería en Danlí al día con el ISV: factura, declara el día 10 de cada mes, listo. Pero en junio le llegó un recordatorio del SAR por un pago a cuenta que nunca hizo, y no entendía de dónde salía esa obligación si ella ya "pagaba impuestos" todos los meses.
Ahí está el problema: el ISV y el ISR no corren con el mismo reloj. Uno se calcula sobre lo que vendés, mes a mes. El otro se calcula sobre lo que tu empresa realmente gana, en un ritmo distinto — cuatro anticipos al año más una declaración final. Confundir los dos calendarios es la forma más común en que una PYME hondureña termina debiendo intereses sin haber facturado mal ni una sola vez.
ISR: el impuesto sobre lo que ganás, no sobre lo que vendés
El ISV grava cada venta, tasa por tasa, transacción por transacción. El ISR es distinto: grava la renta neta gravable de tu empresa — es decir, todo lo que entró en el período menos los gastos deducibles que realmente tuviste para generarlo. Para las personas jurídicas, esa renta neta gravable paga una tasa del 25%, según el Artículo 22 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
La diferencia práctica es esta: el ISV lo podés calcular con solo tu libro de ventas. El ISR necesita el año completo — ingresos y gastos — porque la base no es lo que facturaste, es lo que te quedó.
Los cuatro pagos a cuenta: anticipos antes del cierre
Si tu empresa generó impuesto a pagar en la declaración del año anterior, el SAR te ubica en el régimen de Pagos a Cuenta: cuatro cuotas trimestrales que funcionan como anticipos sobre lo que se estima que tu empresa va a ganar este año, calculadas a partir del impuesto que ya causaste el año pasado.
Los vencimientos son fijos:
- 30 de junio
- 30 de septiembre
- 31 de diciembre
- 30 de abril
Ninguno de los cuatro espera a la declaración anual para cobrarte: atrasarte en una cuota genera un interés moratorio de hasta 3% mensual sobre el monto pendiente, según las propias reglas de Pagos a Cuenta del SAR.
La declaración anual: el cierre real del 30 de abril
Cada 30 de abril, tu empresa presenta la declaración jurada del ISR correspondiente al año fiscal anterior. Ahí se calcula la renta neta gravable real — no la estimada — y se compara contra lo que ya pagaste en los cuatro anticipos. Si pagaste de más, te queda un saldo a favor; si pagaste de menos, tenés que cubrir la diferencia ese mismo día.
El problema no es la resta. El problema es cuando la contabilidad del año no estuvo al día, y el 30 de abril se convierte en una carrera contra el tiempo para reconstruir doce meses de ingresos y gastos desde cero.
Los errores que más le cuestan a las PYMEs
- Llevar solo el registro de ventas (para el ISV) y no el de gastos: sin gastos deducibles bien registrados, la renta neta gravable sale inflada, y el ISR también.
- Mezclar gastos personales con gastos de la empresa: el SAR no los reconoce como deducibles, y meterlos igual es un ajuste asegurado.
- Tratar los pagos a cuenta como opcionales porque no hay una factura de por medio de cara al cliente: no declararlos a tiempo no borra la obligación, solo le suma intereses.
- Llegar a abril sin el año contable cerrado, tratando de armar en una semana lo que debió registrarse mes a mes.
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Contadito Factura te resuelve el lado de las ventas: factura electrónica, CAI vigente, ISV separado por tasa. Pero el ISR necesita el otro lado también — los gastos, la renta neta, los estados financieros del período. Ahí es donde entra Contadito 360: registra tus egresos con el mismo detalle que tus ventas y calcula tu renta neta gravable en tiempo real, no solo al cierre del año, para que llegues a cada pago a cuenta y a la declaración de abril con el número ya armado, no por armar.
Si ya te preguntás cómo encajan las demás piezas del ISR, revisá también cómo separamos las tasas del ISV mensual y qué cubre la retención del 12.5% sobre honorarios profesionales — que en realidad es un anticipo más del mismo ISR.
Este artículo cubre el criterio general del régimen de ISR y Pagos a Cuenta; para el detalle de tu caso particular, tu contador o la oficina del SAR más cercana son la referencia final.
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